tasiberica Plusvalía Municipal 02El Impuesto sobre el Incremento del Valor de los Terrenos de Naturaleza Urbana, que es como se llaman a las denominadas plusvalías municipales, amenaza con convertirse para la Administración en lo que las cláusulas suelo son para la banca: una fuente de inquietud al principio, el motivo de numerosas denuncias con la colaboración de despachos litigantes después y, finalmente, un desembolso millonario en indemnizaciones. Por ahora, el primer paso ya se ha cumplido y el segundo está en marcha. Los despachos de abogados han activado su maquinaria para atraer a los contribuyentes apenas unos días después de que el Tribunal Constitucional determinase, en una sentencia publicada en febrero, que «en ningún caso podrá el legislador establecer un tributo tomando en consideración actos que no sean exponentes de riqueza». Esto es, que los Ayuntamientos sólo pueden exigir la plusvalía cuando se produce, efectivamente, una ganancia.La sentencia responde a un caso sucedido en Guipúzcoa, razón por la que, en un primer momento, Hacienda señaló que el fallo no se podía extrapolar del ámbito foral al nacional. Sin embargo, el propio Ministerio reconoce ahora que «estudia la situación», el Ayuntamiendo de Madrid ya está cuantificando el impacto, y agentes del mercado inmobiliario consideran que «es cuestión de tiempo que se resuelvan en este mismo sentido las numerosas cuestiones planteadas por otros juzgados relativas a la legislación de ámbito estatal». Por ello, esta tasadora ofrece incluso un número de posibles afectados: más de medio millón. «Las viviendas sobre las que se podría reclamar, por haberse transmitido por un valor inferior al de adquisición, estarían en torno a 550.000, según cálculos realizados a partir de estadísticas del precio de la vivienda, y de datos de Fomento y del Colegio de Registradores».

«La estimación tiene en cuenta las transmisiones realizadas entre 2013 y 2016, ya que pueden recurrirse las operaciones de los últimos cuatro años», desarrolla la compañía, que además ofrece el siguiente ejemplo: la venta de una vivienda en Carabanchel (Madrid), a un precio de 180.000 euros, con un valor catastral de 52.000 euros, y tras un periodo de tenencia de 12 años, obligaría a abonar 5.000 euros en concepto de plusvalía. Pero la realidad, señalan, es que «esos 180.000 euros suponen una pérdida respecto a los 245.000 euros en los que se compró».

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